domingo, 27 de julio de 2025

Resoluciones de Concesión de Nacionalidad Española - 22 de Julio de 2025

Resoluciones de Concesión de Nacionalidad Española - 22 de Julio de 2025

Actualización sobre Expedientes Resueltos

Publicado por: José Ramón Ramírez Sánchez
Fecha de publicación: 27 de julio de 2025

La solicitud de la nacionalidad española por residencia es un trámite de gran interés para muchas personas que buscan regularizar su situación en España. En este artículo, compartimos los datos más recientes sobre las resoluciones de concesión de nacionalidad española notificadas el 22 de julio de 2025, correspondientes a expedientes presentados en 2024 y 2025. Esta información, basada en fuentes oficiales, sirve como guía para conocer los plazos de resolución y los procedimientos actuales.

Resoluciones de Concesión de Nacionalidad Española del Año 2024

A continuación, se detallan los expedientes de nacionalidad española por residencia presentados en 2024, cuya resolución de concesión fue notificada el 22 de julio de 2025, todos tramitados a través de la vía telemática:

  • M.D.C.B.: Solicitud presentada el 16 de abril de 2024. Resolución notificada el 22 de julio de 2025.
  • M.N.V.A.: Solicitud presentada el 15 de abril de 2024. Resolución notificada el 22 de julio de 2025.
  • N.C.H.: Solicitud presentada el 9 de abril de 2024. Resolución notificada el 22 de julio de 2025.
  • P.M.G.R.: Solicitud presentada el 18 de abril de 2024. Resolución notificada el 22 de julio de 2025.
  • D.F.G.S.: Solicitud presentada el 22 de abril de 2024. Resolución notificada el 22 de julio de 2025.
  • P.B.E.A.: Solicitud presentada el 23 de abril de 2024. Resolución notificada el 22 de julio de 2025.
  • M.T.: Solicitud presentada el 29 de abril de 2024. Resolución notificada el 22 de julio de 2025.
  • V.H.: Solicitud presentada el 8 de mayo de 2024. Resolución notificada el 22 de julio de 2025.
  • S.S.: Solicitud presentada el 7 de febrero de 2024. Resolución notificada el 22 de julio de 2025.
  • S.B.: Solicitud presentada el 12 de junio de 2024. Resolución notificada el 22 de julio de 2025.
  • A.D.D.A.: Solicitud presentada el 11 de diciembre de 2024. Resolución notificada el 22 de julio de 2025.
  • A.K.D.A.T.: Solicitud presentada el 19 de noviembre de 2024. Resolución notificada el 22 de julio de 2025.
  • A.A.: Solicitud presentada el 22 de febrero de 2024. Resolución notificada el 22 de julio de 2025.

Resoluciones de Concesión de Nacionalidad Española del Año 2025

Los siguientes expedientes, presentados en 2025 vía telemática, también recibieron su resolución de concesión el 22 de julio de 2025:

  • N.E.K.: Solicitud presentada el 10 de febrero de 2025. Resolución notificada el 22 de julio de 2025.
  • F.J.C.M.: Solicitud presentada el 5 de febrero de 2025. Resolución notificada el 22 de julio de 2025.
  • J.C.F.C.: Solicitud presentada el 28 de enero de 2025. Resolución notificada el 22 de julio de 2025.
  • H.L.: Solicitud presentada el 24 de enero de 2025. Resolución notificada el 22 de julio de 2025.
  • C.C.M.D.: Solicitud presentada el 22 de enero de 2025. Resolución notificada el 22 de julio de 2025.

Problemas en la Notificación de la Resolución

Algunas personas enfrentan dificultades para recibir o descargar la resolución de concesión de su nacionalidad. Para evitar problemas:

  • Verifica el estado del expediente: Utiliza la plataforma ¿Cómo va lo mío? del Ministerio de Justicia para consultar el estado de tu solicitud (https://sede.mjusticia.gob.es).
  • Notificaciones electrónicas: Si consentiste recibir notificaciones electrónicas al presentar la solicitud, accede a la Carpeta Ciudadana para descargar la resolución. Debes identificarte con una de las opciones disponibles (Cl@ve, certificado digital, etc.). Una vez en tu área privada, ve a la pestaña Mis notificaciones y selecciona Notificaciones y Comunicaciones.
  • Plazo para la jura: Tras la notificación, tienes 180 días para realizar la jura de nacionalidad ante el Registro Civil o un fedatario público. Si no lo haces en este plazo, el expediente puede archivarse, perdiendo la concesión.
  • Asesoramiento: Si tienes problemas para descargar la resolución o necesitas orientación para la jura, consulta con un profesional especializado.

Observaciones sobre los Plazos

Los expedientes listados, especialmente los de 2024, muestran un tiempo de resolución de aproximadamente 3 a 5 meses desde la presentación hasta la notificación. Sin embargo, los plazos pueden variar según el volumen de trabajo del Ministerio de Justicia y la complejidad de cada caso. No hay un orden estricto en la resolución, y algunos expedientes de años anteriores pueden estar pendientes debido a requerimientos adicionales, antecedentes penales o dudas sobre la residencia legal.

Fuentes de la Información

La información se basa en las siguientes fuentes:

  • Fuentes Virtuales:
    • Portal del Ministerio de Justicia (https://sede.mjusticia.gob.es), donde se publican datos sobre resoluciones y se accede a la plataforma ¿Cómo va lo mío?.
    • Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, y Orden JUS/1625/2016, de 30 de septiembre, modificada por la Orden JUS/1018/2022, que regulan el procedimiento de nacionalidad por residencia.
    • Sitio web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (https://www.inclusion.gob.es) para estadísticas generales.
  • Fuentes Físicas:
    • Registros administrativos de la Dirección General de los Registros y del Notariado, gestionados por el Ministerio de Justicia.
    • Documentación oficial de las Oficinas de Extranjería y Registros Civiles en España.

Recomendaciones

  • Consulta el estado regularmente: Revisa tu expediente en ¿Cómo va lo mío? para estar al tanto de cualquier cambio o requerimiento.
  • Prepara la jura: Una vez recibida la resolución, organiza los documentos necesarios (resolución de concesión, certificado de recepción, etc.) y agenda la jura dentro del plazo de 180 días.
  • Asesoramiento profesional: Si tu expediente lleva más de un año sin resolverse o enfrentas problemas con la notificación, contacta a un abogado especializado en extranjería.

Contacto para Consultas y Cursos

Para dudas, inicio de trámites o asesoramiento personalizado, contacta con La Mesa Migratoria:

  • Email: laesquinamigratoria@gmail.com
  • WhatsApp: +809 505 9986 (http://bit.ly/46tPVo3)
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