domingo, 27 de julio de 2025

Cómo Calcular la Cantidad de Dinero para Reagrupar a un Familiar en España

Cómo Calcular la Cantidad de Dinero para Reagrupar a un Familiar en España

Guía para Cumplir con el Requisito de Dependencia Económica

Publicado por: José Ramón Ramírez Sánchez
Fecha de publicación: 27 de julio de 2025

La reagrupación familiar en España permite a ciudadanos españoles o extranjeros con residencia legal traer a sus familiares directos al país, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en el Real Decreto 1155/2024, que regula la Ley Orgánica 4/2000. Uno de los requisitos clave para ciertos familiares es demostrar que están a cargo del solicitante, lo que implica acreditar una dependencia económica mantenida en el tiempo. Este artículo explica cómo calcular la cantidad de dinero que debes enviar a tu país de origen para cumplir con este requisito, basado en la normativa vigente.

¿Qué es el Requisito de "Estar a Cargo"?

El concepto de "estar a cargo" se aplica a familiares cuya reagrupación depende de demostrar que el solicitante en España les proporciona apoyo económico significativo. Según el artículo 97.5 del Real Decreto 1155/2024, la dependencia económica debe:

  • Ser mantenida en el tiempo (generalmente durante al menos un año).
  • Producirse mientras el familiar está en su país de origen o procedencia.
  • Representar al menos el 51% del Producto Interior Bruto (PIB) per cápita del país de origen, en términos de paridad de poder adquisitivo.

Esta dependencia puede ser económica, física o por razones humanitarias, pero aquí nos enfocamos en la económica, que es la más común.

Familiares que Deben Acreditar Estar a Cargo

Los familiares para los que se exige demostrar dependencia económica incluyen:

  • Hijos mayores de 26 años del ciudadano español o de su cónyuge/pareja.
  • Padres menores de 80 años del ciudadano español o de su cónyuge/pareja.
  • Familia extensa (otros familiares, como hermanos o nietos, que dependan económicamente del solicitante).

Nota: Los padres mayores de 80 años se presumen a cargo automáticamente, sin necesidad de acreditar envíos de dinero, salvo que se requiera por circunstancias específicas.

Cómo Calcular la Cantidad de Dinero a Enviar

Para acreditar que un familiar está a tu cargo, debes enviar regularmente una cantidad que represente al menos el 51% del PIB per cápita del país de origen del familiar. Sigue estos pasos para calcularlo:

  1. Consulta el PIB per cápita del país de origen:
    • Utiliza datos oficiales del Banco Mundial, el Fondo Monetario Internacional (FMI) o fuentes gubernamentales confiables. Estos datos suelen estar disponibles en dólares estadounidenses (USD) y en términos de paridad de poder adquisitivo (PPA).
    • Ejemplo: Según datos del Banco Mundial para 2024, el PIB per cápita (PPA) de algunos países es aproximadamente:
      • México: ~$22,000 USD/año.
      • República Dominicana: ~$20,000 USD/año.
      • Colombia: ~$16,000 USD/año.
      • Marruecos: ~$10,000 USD/año.
      • India: ~$8,000 USD/año.
      • Nota: Los valores exactos para 2025 deben verificarse, ya que varían anualmente. Usa las fuentes más recientes disponibles.
  2. Calcula el 51% del PIB per cápita:
    • Divide el PIB per cápita anual por 12 para obtener el monto mensual.
    • Multiplica el resultado por 0.51 para obtener la cantidad mínima que debes enviar mensualmente.
    • Ejemplo para México (PIB per cápita ~$22,000 USD/año):
      • Mensual: $22,000 ÷ 12 = ~$1,833 USD/mes.
      • 51%: $1,833 × 0.51 = ~$935 USD/mes (~€870, según el tipo de cambio al 27 de julio de 2025).
    • Ejemplo para Marruecos (PIB per cápita ~$10,000 USD/año):
      • Mensual: $10,000 ÷ 12 = ~$833 USD/mes.
      • 51%: $833 × 0.51 = ~$425 USD/mes (~€395).
  3. Acredita los envíos:
    • Los envíos deben realizarse de forma regular (mensual o bimensual) durante al menos un año antes de la solicitud.
    • Usa métodos trazables, como transferencias bancarias, remesas a través de servicios como Western Union o MoneyGram, o pagos directos (por ejemplo, facturas de servicios o alimentos).
    • Guarda todos los comprobantes, que deben incluir:
      • Nombre del remitente (tú).
      • Nombre del destinatario (el familiar).
      • Fecha y monto del envío.
      • Prueba de que el dinero se usó para cubrir necesidades básicas del familiar (por ejemplo, recibos de pago de servicios o alimentos).
  4. Demuestra tus medios económicos:
    • Como solicitante en España, debes acreditar que tienes ingresos suficientes para mantener al familiar. Los requisitos mínimos son:
      • Para una unidad familiar de dos personas: €660/mes o €7,900/año, o un patrimonio de €23,000.
      • Para unidades de más de dos personas: €856/mes o €10,000/año, o un patrimonio de €23,000.
    • Documentos aceptados: Nóminas, declaraciones de renta, extractos bancarios o certificados de patrimonio.

Ejemplo Práctico

Supongamos que quieres reagrupar a tu madre de 70 años que vive en Colombia:

  • PIB per cápita de Colombia (2024, estimado): ~$16,000 USD/año.
  • Mensual: $16,000 ÷ 12 = ~$1,333 USD/mes.
  • 51%: $1,333 × 0.51 = ~$680 USD/mes (~€630).
  • Debes demostrar que has enviado al menos €630 mensuales durante un año, con comprobantes de transferencias o remesas.
  • Además, debes acreditar ingresos en España de al menos €660/mes (o €856 si hay más familiares) o un patrimonio de €23,000.

Documentación para Acreditar la Dependencia

Para probar que el familiar está a tu cargo, presenta:

  • Comprobantes de transferencias o remesas: Bancarias o a través de servicios de envío de dinero, con fechas y montos claros.
  • Recibos de gastos: Facturas de luz, agua, alimentos, alquiler o atención médica pagados para el familiar.
  • Declaraciones juradas: En algunos casos, una declaración notarial del familiar confirmando su dependencia económica puede reforzar la solicitud.
  • Extractos bancarios: Que muestren los envíos regulares y el uso del dinero por parte del familiar.

Nota: Toda documentación extranjera debe estar apostillada o legalizada y, si es necesario, traducida por un traductor jurado autorizado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Cooperación y Unión Europea.

Consejos para Evitar Problemas

  • Envíos regulares y suficientes: Asegúrate de enviar al menos el 51% del PIB per cápita mensual durante un año. Montos esporádicos o insuficientes pueden llevar a la denegación.
  • Documentación clara: Organiza todos los comprobantes cronológicamente y verifica que incluyan tu nombre, el del familiar y las fechas.
  • Verifica el PIB per cápita: Consulta fuentes oficiales actualizadas, ya que los valores cambian anualmente.
  • Asesoramiento profesional: Trabaja con un abogado de extranjería para garantizar que los cálculos y la documentación cumplen con los requisitos.

Fuentes de la Información

La información se basa en las siguientes fuentes:

  • Fuentes Virtuales:
    • Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, que regula la Ley Orgánica 4/2000, artículo 97.5, disponible en el Portal de Inmigración (https://extranjeros.inclusion.gob.es).
    • Sitio web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (https://www.inclusion.gob.es).
    • Datos del Banco Mundial (https://data.worldbank.org) y el Fondo Monetario Internacional (https://www.imf.org) para el PIB per cápita en paridad de poder adquisitivo.
  • Fuentes Físicas:
    • Documentación oficial de las Oficinas de Extranjería en España, donde se tramitan las solicitudes de reagrupación familiar.
    • Circulares internas del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, accesibles en oficinas gubernamentales o mediante consulta a profesionales especializados.

Contacto para Consultas y Cursos

Para dudas, inicio de trámites o asesoramiento personalizado, contacta con La Mesa Migratoria:

  • Email: laesquinamigratoria@gmail.com
  • WhatsApp: +809 505 9986 (http://bit.ly/46tPVo3)
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