Cómo Calcular la Cantidad de Dinero para Reagrupar a un Familiar en España
Guía para Cumplir con el
Requisito de Dependencia Económica
Publicado por: José Ramón
Ramírez Sánchez
Fecha de publicación: 27 de julio de 2025
La reagrupación familiar
en España permite a ciudadanos españoles o extranjeros con residencia legal
traer a sus familiares directos al país, siempre que cumplan con los requisitos
establecidos en el Real Decreto 1155/2024, que regula la Ley Orgánica
4/2000. Uno de los requisitos clave para ciertos familiares es demostrar que
están a cargo del solicitante, lo que implica acreditar una dependencia
económica mantenida en el tiempo. Este artículo explica cómo calcular la
cantidad de dinero que debes enviar a tu país de origen para cumplir con este
requisito, basado en la normativa vigente.
¿Qué es el Requisito de
"Estar a Cargo"?
El concepto de "estar a cargo" se
aplica a familiares cuya reagrupación depende de demostrar que el solicitante
en España les proporciona apoyo económico significativo. Según el artículo 97.5
del Real Decreto 1155/2024, la dependencia económica debe:
- Ser mantenida en el tiempo (generalmente durante al menos un
año).
- Producirse mientras el familiar está en su país de origen o
procedencia.
- Representar al menos el 51% del Producto Interior Bruto (PIB)
per cápita del país de origen, en términos de paridad de poder
adquisitivo.
Esta dependencia puede ser económica, física o
por razones humanitarias, pero aquí nos enfocamos en la económica, que es la
más común.
Familiares que Deben Acreditar
Estar a Cargo
Los familiares para los que se exige demostrar
dependencia económica incluyen:
- Hijos mayores de 26 años del
ciudadano español o de su cónyuge/pareja.
- Padres menores de 80 años del
ciudadano español o de su cónyuge/pareja.
- Familia extensa (otros familiares, como hermanos o nietos,
que dependan económicamente del solicitante).
Nota: Los padres mayores de 80 años
se presumen a cargo automáticamente, sin necesidad de acreditar envíos de
dinero, salvo que se requiera por circunstancias específicas.
Cómo Calcular la Cantidad de
Dinero a Enviar
Para acreditar que un familiar está a tu cargo,
debes enviar regularmente una cantidad que represente al menos el 51% del
PIB per cápita del país de origen del familiar. Sigue estos pasos para calcularlo:
- Consulta el PIB per cápita del país de origen:
- Utiliza datos oficiales del Banco Mundial, el Fondo
Monetario Internacional (FMI) o fuentes gubernamentales confiables.
Estos datos suelen estar disponibles en dólares estadounidenses (USD) y
en términos de paridad de poder adquisitivo (PPA).
- Ejemplo: Según datos del Banco Mundial para 2024, el PIB per
cápita (PPA) de algunos países es aproximadamente:
- México: ~$22,000 USD/año.
- República Dominicana: ~$20,000 USD/año.
- Colombia: ~$16,000 USD/año.
- Marruecos: ~$10,000 USD/año.
- India: ~$8,000 USD/año.
- Nota: Los valores exactos para
2025 deben verificarse, ya que varían anualmente. Usa las fuentes más recientes
disponibles.
- Calcula el 51% del PIB per cápita:
- Divide el PIB per cápita anual por 12 para obtener el monto
mensual.
- Multiplica el resultado por 0.51 para obtener la cantidad mínima
que debes enviar mensualmente.
- Ejemplo para México (PIB per cápita ~$22,000 USD/año):
- Mensual: $22,000 ÷ 12 = ~$1,833
USD/mes.
- 51%: $1,833 × 0.51 = ~$935 USD/mes (~€870, según el tipo
de cambio al 27 de julio de 2025).
- Ejemplo para Marruecos (PIB per cápita ~$10,000 USD/año):
- Mensual: $10,000 ÷ 12 = ~$833
USD/mes.
- 51%: $833 × 0.51 = ~$425
USD/mes (~€395).
- Acredita los envíos:
- Los envíos deben realizarse de forma regular (mensual o
bimensual) durante al menos un año antes de la solicitud.
- Usa métodos trazables, como transferencias bancarias, remesas a
través de servicios como Western Union o MoneyGram, o pagos directos (por
ejemplo, facturas de servicios o alimentos).
- Guarda todos los comprobantes, que deben incluir:
- Nombre del remitente (tú).
- Nombre del destinatario (el familiar).
- Fecha y monto del envío.
- Prueba de que el dinero se usó para cubrir necesidades básicas
del familiar (por ejemplo, recibos de pago de servicios o alimentos).
- Demuestra tus medios económicos:
- Como solicitante en España, debes acreditar que tienes ingresos
suficientes para mantener al familiar. Los requisitos mínimos son:
- Para una unidad familiar de dos personas: €660/mes o €7,900/año,
o un patrimonio de €23,000.
- Para unidades de más de dos personas: €856/mes o €10,000/año,
o un patrimonio de €23,000.
- Documentos aceptados: Nóminas, declaraciones de renta, extractos
bancarios o certificados de patrimonio.
Ejemplo Práctico
Supongamos que quieres reagrupar a tu madre de 70
años que vive en Colombia:
- PIB per cápita de Colombia (2024, estimado): ~$16,000 USD/año.
- Mensual: $16,000 ÷ 12 = ~$1,333
USD/mes.
- 51%: $1,333 × 0.51 = ~$680
USD/mes (~€630).
- Debes demostrar que has enviado al menos €630 mensuales
durante un año, con comprobantes de transferencias o remesas.
- Además, debes acreditar ingresos en España de al menos €660/mes
(o €856 si hay más familiares) o un patrimonio de €23,000.
Documentación para Acreditar la
Dependencia
Para probar que el familiar está a tu cargo,
presenta:
- Comprobantes de transferencias o remesas: Bancarias o a través de servicios de envío de dinero, con fechas
y montos claros.
- Recibos de gastos:
Facturas de luz, agua, alimentos, alquiler o atención médica pagados para
el familiar.
- Declaraciones juradas: En
algunos casos, una declaración notarial del familiar confirmando su
dependencia económica puede reforzar la solicitud.
- Extractos bancarios: Que
muestren los envíos regulares y el uso del dinero por parte del familiar.
Nota: Toda documentación extranjera
debe estar apostillada o legalizada y, si es necesario, traducida por un
traductor jurado autorizado por el Ministerio de Asuntos Exteriores,
Cooperación y Unión Europea.
Consejos para Evitar Problemas
- Envíos regulares y suficientes:
Asegúrate de enviar al menos el 51% del PIB per cápita mensual durante un
año. Montos
esporádicos o insuficientes pueden llevar a la denegación.
- Documentación clara:
Organiza todos los comprobantes cronológicamente y verifica que incluyan
tu nombre, el del familiar y las fechas.
- Verifica el PIB per cápita:
Consulta fuentes oficiales actualizadas, ya que los valores cambian
anualmente.
- Asesoramiento profesional: Trabaja
con un abogado de extranjería para garantizar que los cálculos y la
documentación cumplen con los requisitos.
Fuentes de la Información
La información se basa en las siguientes fuentes:
- Fuentes Virtuales:
- Real Decreto 1155/2024, de 19
de noviembre, que regula la Ley Orgánica 4/2000, artículo 97.5,
disponible en el Portal de Inmigración
(https://extranjeros.inclusion.gob.es).
- Sitio web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones (https://www.inclusion.gob.es).
- Datos del Banco Mundial (https://data.worldbank.org) y el Fondo
Monetario Internacional (https://www.imf.org) para el PIB per cápita
en paridad de poder adquisitivo.
- Fuentes Físicas:
- Documentación oficial de las Oficinas de Extranjería en
España, donde se tramitan las solicitudes de reagrupación familiar.
- Circulares internas del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social
y Migraciones, accesibles en oficinas gubernamentales o mediante consulta
a profesionales especializados.
Contacto para Consultas y
Cursos
Para dudas, inicio de trámites o asesoramiento
personalizado, contacta con La Mesa Migratoria:
- Email: laesquinamigratoria@gmail.com
- WhatsApp: +809 505 9986
(http://bit.ly/46tPVo3)
- Cursos migratorios: Inician
el 28 de julio de 2025 a las 8 p.m. Solicita información para
acceder.
Servicios disponibles en Estados
Unidos, República Dominicana, Latinoamérica, Europa, África, Australia, Las
Antillas y Asia.
No hay comentarios:
Publicar un comentario