viernes, 1 de agosto de 2025

¡Ajusta Tu Petición Consular a Tiempo! Guía para Incluir a Tu Nuevo Esposo y Proteger a Tus Hijos

Ajusta Tu Petición Consular a Tiempo! Guía para Incluir a Tu Nuevo Esposo y Proteger a Tus Hijos

Cómo Corregir Tu Caso Migratorio, Aprovechar la CSPA y Reunirte con Tu Familia en 2025

¡Hola, amigos! Soy José Ramón Ramírez Sánchez, CEO de Grupo Intecap, con más de 9 años guiando a personas como tú en sus procesos migratorios. Hoy, voy a contarte cómo puedes ajustar tu petición consular antes de llenar el Formulario DS-260, incluir a tu nuevo esposo, remover a tu exesposo, y asegurarte de que tus hijos (nacidos el 1 de abril de 2003 y 2006) estén protegidos bajo la Ley de Protección del Estatus de Menor (CSPA). Basado en un caso real, te daré los pasos, documentos, costos y consejos prácticos para que tomes el control de tu proceso. ¡Vamos a resolver esto juntos!

Un Caso Real: La Historia de Ana

Conozcamos a Ana, una dominicana peticionada por su hermana ciudadana americana en 2008, con una fecha de prioridad similar a la tuya. Ana se divorció de su primer esposo, quien aparecía en la petición, y se casó en 2024 con el padre de sus hijos. Aún no había llenado el DS-260 ni pagado tarifas, pero quería incluir a su nuevo esposo y confirmar si sus hijos calificaban. Además, descubrió que su exesposo la había peticionado en 1996, y esa petición nunca se cerró. ¿Suena familiar? Así resolvimos su caso, y tú puedes hacer lo mismo.

Paso 1: Verifica la Petición Antigua de 1996

Esa petición de 1996 de tu exesposo podría complicar tu caso si sigue activa. Qué hacer:

  • Solicita tu récord migratorio con el Formulario G-639: Descarga el G-639 en www.uscis.gov y envíalo por correo a USCIS, FOIA/PA, P.O. Box 648010, Lee’s Summit, MO 64064-8010, o súbelo en línea. Incluye tu nombre completo (como aparece en tu pasaporte o cédula), fecha de nacimiento, y cualquier número de caso que tengas. Esto confirmará si la petición de 1996 existe.
  • Pide la cancelación si está activa: Si encuentras la petición, envía una carta a USCIS solicitando la revocación del I-130 de 1996. Adjunta una copia de tu certificado de divorcio para probar que el matrimonio terminó.
  • Ejemplo real: Ana envió el G-639 y descubrió que la petición de 1996 estaba inactiva porque nunca se procesó tras el divorcio. Esto le dio tranquilidad para seguir con su caso actual.
  • Documentos necesarios:
    • Formulario G-639 (sin costo).
    • Copia de tu pasaporte o cédula.
    • Certificado de divorcio (legalizado y traducido al inglés si es necesario).
  • Duración: 30-90 días para recibir el récord.
  • Costo: $0, pero si contratas un abogado, puede costar $200-$500.

Consejo: Revisa el portal de USCIS para actualizaciones. No dejes esto pendiente, porque una petición vieja puede generar confusión en el Centro Nacional de Visas (NVC).

Paso 2: Remover a Tu Exesposo de la Petición Actual

Tu exesposo aparece en la petición de tu hermana, pero estás divorciada. Como aún no has llenado el DS-260, es más fácil corregirlo ahora. Qué hacer:

  • Contacta al NVC: Escribe a NVCInquiry@state.gov o envía una carta a National Visa Center, ATTN: WC, 32 Rochester Ave., Portsmouth, NH 03801-2909. Explica que tu exesposo fue incluido por error porque el matrimonio terminó antes de que la petición avanzara.
  • Documentos clave:
    • Copia del certificado de divorcio (legalizado y traducido al inglés si no está en inglés).
    • Carta con tu número de caso (por ejemplo, SDO2025204045, si lo tienes) y una explicación breve.
    • Copia de tu pasaporte.
  • Ejemplo real: Ana envió su certificado de divorcio al NVC antes de llenar el DS-260. En 30 días, el NVC actualizó la petición, removiendo a su exesposo sin retrasos.
  • Duración: 15-45 días para procesar la corrección.
  • Costo: Sin tarifa, pero las traducciones pueden costar $50-$100.

Base legal: La Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), Sección 204, permite corregir una petición para reflejar cambios en el estado civil con evidencia como el certificado de divorcio.

Qué no hacer: No llenes el DS-260 hasta que el NVC confirme que tu exesposo fue removido, para evitar inconsistencias.

Paso 3: Incluir a Tu Nuevo Esposo

¡Buenas noticias! Como aún no has presentado el DS-260, puedes incluir a tu nuevo esposo (casado en octubre de 2024) como beneficiario derivado en la categoría F4 (hermanos de ciudadanos). Qué hacer:

  • Presenta un nuevo Formulario I-130: Tu hermana debe llenar un I-130 para tu esposo, ya que los cónyuges de beneficiarios F4 son elegibles como derivados.
  • Documentos necesarios:
    • Certificado de matrimonio de octubre 2024 (legalizado y traducido al inglés si es necesario).
    • Copias de los pasaportes de ambos.
    • Prueba de la relación (fotos, mensajes, estados de cuenta conjuntos).
    • Formulario I-130 con tarifa de $675 (a julio de 2025).
  • Envía el I-130 a USCIS: Por correo a la dirección correspondiente según tu estado (verifica en www.uscis.gov/i-130-addresses). Una vez aprobado, el NVC vinculará el caso de tu esposo a tu petición principal.
  • Duración: 12-18 meses para la aprobación del I-130, pero como tu fecha de prioridad (2008) ya es vigente según el Boletín de Visas de julio 2025, el proceso consular puede avanzar rápidamente después.
  • Ejemplo real: Ana presentó un I-130 para su nuevo esposo antes del DS-260. Cuando el NVC recibió la aprobación, incluyó al esposo en el caso sin retrasar la entrevista consular.

Mito: “No puedo agregar a mi esposo si la petición ya está en el NVC”. Realidad: Puedes incluir derivados en cualquier momento antes de la entrevista, siempre que presentes el I-130.

Consejo: Si quieres acelerar el I-130, considera el procesamiento premium ($1,440 adicionales).

Paso 4: ¿Califica Tu Hijo Mayor Bajo la CSPA?

Tus hijos nacieron el 1 de abril de 2003 (22 años) y el 1 de abril de 2006 (19 años). La CSPA puede protegerlos para que sigan siendo derivados, incluso si el mayor supera los 21 años. Vamos a calcular:

  • Fecha de prioridad: 25 de mayo de 2008.
  • Boletín de Visas: En julio de 2025, la categoría F4 tiene una fecha de corte cercana a mayo de 2008, lo que significa que tu visa está disponible.
  • Fórmula CSPA: Edad CSPA = Edad actual - Tiempo que el I-130 estuvo pendiente (desde la presentación hasta la aprobación).
  • Ejemplo hipotético: Si el I-130 fue aprobado en mayo de 2010 (2 años después):
    • Hijo mayor (1 abril 2003): En julio 2025, tiene 22 años y 3 meses. Edad CSPA = 22.25 - 2 = 20.25 años. Califica porque está bajo 21.
    • Hijo menor (1 abril 2006): Tiene 19 años y 3 meses. Califica automáticamente porque es menor de 21.
  • Requisito clave: Ambos deben estar solteros. Si están casados, no son elegibles como derivados.

Ejemplo real: El hijo mayor de Ana, de 22 años, calificó bajo la CSPA con una edad ajustada de 20.5 años. Presentó una declaración de soltería para confirmar su elegibilidad.

Qué hacer:

  • Confirma la fecha de aprobación del I-130 con el NVC.
  • Prepara certificados de soltería para ambos hijos antes de llenar el DS-260.
  • Costo futuro: $325 por cada DS-260, más $120 por el Affidavit of Support (I-864) si aplica.

Base legal: INA, Sección 203(h), establece que la CSPA protege a los hijos derivados si la visa estuvo disponible dentro de un año tras la aprobación del I-130.

Paso 5: Preparativos para el DS-260 y Tarifas

Aún no has llenado el DS-260 ni pagado tarifas, lo que te da flexibilidad para corregir la petición primero. Qué hacer:

  • Espera la confirmación del NVC: Asegúrate de que el exesposo esté removido y el I-130 de tu nuevo esposo esté en proceso antes de llenar el DS-260.
  • Tarifas futuras (a julio de 2025):
    • DS-260: $325 por persona (tú, tus hijos, y eventualmente tu esposo).
    • Affidavit of Support (I-864): $120 por familia, si aplica.
  • Método de pago: Usa el portal CEAC (ceac.state.gov) con una tarjeta de crédito/débito o una cuenta bancaria en EE.UU. (ACH). Necesitarás:
    • Nombre del titular de la cuenta.
    • Número de ruta (routing number).
    • Número de cuenta.
    • Tipo de cuenta (ahorros o corriente).
  • Ejemplo real: Ana pagó las tarifas del DS-260 para ella y sus hijos después de corregir la petición. Usó la cuenta bancaria de su hermana en EE.UU. para el pago ACH.

Consejo: Si no tienes acceso a una cuenta en EE.UU., pide ayuda a un familiar o amigo de confianza en EE.UU. para realizar los pagos.

Etapas del Proceso Consular

  1. Corrige la petición: Remueve al exesposo y presenta el I-130 para tu nuevo esposo.
  2. Espera instrucciones del NVC: Una vez que el NVC confirme las correcciones, te indicará cómo llenar el DS-260.
  3. Llena el DS-260: Completa uno por cada beneficiario (tú, tus hijos, y tu esposo cuando su I-130 sea aprobado).
  4. Paga las tarifas: Usa CEAC para pagar los $325 por DS-260 y $120 por I-864.
  5. Examen médico: Cada solicitante debe hacerse un examen con un médico autorizado (costo: $200-$300 por persona).
  6. Entrevista consular: Programa la cita en la Embajada de EE.UU. en Santo Domingo. Lleva documentos originales (pasaportes, certificados de nacimiento, matrimonio, divorcio, soltería).
  7. Duración total: 3-6 meses para correcciones, más 6-12 meses para la entrevista, asumiendo que la fecha de prioridad es vigente.

Denegaciones: Qué Evitar

  • Errores comunes: Llenar el DS-260 con información incorrecta (como incluir al exesposo) o no presentar certificados legalizados.
  • Consecuencias: Una denegación puede retrasar el caso 6-12 meses o requerir un perdón (I-601, costo $1,050).
  • Ejemplo real: Una amiga de Ana llenó el DS-260 sin corregir un error en la petición y recibió una denegación. Tuvo que esperar 8 meses para una nueva entrevista.

Consejos y Consideraciones

  • Actúa rápido: Corregir la petición antes del DS-260 te ahorra tiempo y problemas.
  • Organiza tus documentos: Guarda copias de todo en una carpeta física y digital.
  • No pagues de más: Verifica las tarifas en www.uscis.gov y travel.state.gov.
  • Consulta expertos: Un gestor migratorio puede prevenir errores costosos.

Mitos y Realidades

  • Mito: “Si no he llenado el DS-260, ya no puedo cambiar la petición”. Realidad: Puedes corregir errores y agregar derivados antes de presentar el DS-260.
  • Mito: “Mis hijos mayores no califican”. Realidad: La CSPA puede protegerlos si su edad ajustada es menor de 21.

Fuentes Confiables

  • USCIS: www.uscis.gov (formularios y guías).
  • Departamento de Estado: travel.state.gov (Boletín de Visas y CEAC).
  • NVC: NVCInquiry@state.gov para dudas.
  • Embajada de EE.UU. en Santo Domingo: do.usembassy.gov.

Recomendación Final: La Mesa Migratoria

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Soy José Ramón Ramírez Sánchez, y mi equipo en Grupo Intecap está listo para ayudarte a reunirte con tu familia en EE.UU. ¡Toma el control ahora!

Fecha de publicación: 1 de agosto de 2025, 10:34 AM AST

 

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