Récord Migratorio Schengen: El Sistema de Información Schengen de Segunda Generación (SIS II)
Autor: José Ramón
Ramírez Sánchez
Fecha y hora de publicación: 30 de julio de 2025, 14:23 AST
Notas al lector: La información presentada en este documento se basa en
fuentes oficiales y verificables de la Unión Europea, la Comisión Europea, el
Ministerio del Interior de España y otras instituciones relevantes. Se ha
priorizado la precisión y la veracidad, utilizando datos de sitios web
gubernamentales y académicos. Sin embargo, se recomienda a los lectores
verificar la información directamente con las autoridades competentes, ya que
las regulaciones y procedimientos pueden cambiar. Para consultas adicionales, se
sugiere contactar a La Mesa Migratoria (email:
laesquinamigratoria@gmail.com, teléfono: +809 505 9986, YouTube:
@laesquinamigratoria) para orientación personalizada sobre temas migratorios.
Desglose, Descripciones y Definiciones del SIS II
El Sistema de Información Schengen de Segunda Generación (SIS II)
es una base de datos a gran escala diseñada para facilitar la cooperación entre
las autoridades de control de fronteras, policía, aduanas, inmigración y
judiciales en el espacio Schengen. Su objetivo principal es garantizar la
seguridad y la gestión de fronteras en un área sin controles fronterizos
internos, promoviendo la libre circulación de personas. El SIS II contiene alertas
(descripciones) sobre personas y objetos, junto con instrucciones sobre las
medidas a tomar cuando se localizan.
Definiciones Clave
- Alertas: Registros en el SIS II
que contienen información sobre personas (ej., personas buscadas,
desaparecidas, o con entrada denegada) u objetos (vehículos, documentos,
armas) con instrucciones específicas para las autoridades.
- SIRENE: Oficinas nacionales
(Supplementary Information Request at the National Entry) que coordinan el
intercambio de información complementaria y la gestión de alertas.
- eu-LISA: Agencia Europea
encargada de la gestión operativa del sistema central del SIS II.
- Datos biométricos: Incluyen huellas
dactilares, imágenes faciales y, en algunos casos, perfiles de ADN para
identificar personas desaparecidas.
- Espacio Schengen: Área de 30 países
europeos que permite la libre circulación sin controles fronterizos
internos.
Componentes del SIS II
- Sistema Central (C-SIS): Ubicado en Estrasburgo,
Francia, gestionado por eu-LISA.
- Sistemas Nacionales
(N-SIS): Cada
país miembro mantiene su propio sistema conectado al C-SIS.
- Infraestructura de
Comunicación: Red que
conecta el sistema central con los nacionales, incluyendo las oficinas
SIRENE.
Escenarios y Ejemplos Reales
Escenarios
- Denegación de Entrada: Una persona de un país
no miembro de la UE intenta entrar al espacio Schengen, pero una alerta en
el SIS II indica que tiene una condena por un delito grave. Las
autoridades fronterizas deniegan su entrada.
- Búsqueda de Persona
Desaparecida: Un
menor reportado como desaparecido en un país Schengen es localizado en
otro gracias a una alerta con datos biométricos.
- Objetos Robados: Un vehículo robado en
Alemania es identificado en España durante un control policial rutinario,
gracias a una alerta en el SIS II.
Ejemplos
- Caso de Terrorismo (2018): Una alerta emitida por
Francia sobre un sospechoso de terrorismo permitió su detención en Italia
tras ser identificado en un control fronterizo, gracias a la cooperación
vía SIRENE.
- Retorno de Nacionales de
Terceros Países: En
2020, España utilizó el SIS II para identificar a una persona en situación
irregular, facilitando su retorno conforme al Reglamento (UE) 2018/1860.
- Búsqueda de Vehículo
Robado: En
2023, un automóvil robado en Bélgica fue localizado en Polonia durante un
control de tráfico, gracias a una alerta de objeto en el SIS II.
Historia y Evolución del SIS
- 1957-1985: Los Tratados de Roma y
la unión económica del Benelux sientan las bases para la libre circulación
en Europa.
- 1995: Lanzamiento del SIS I
tras la firma del Acuerdo de Schengen, inicialmente con cinco países
(Francia, Alemania, Bélgica, Países Bajos y Luxemburgo).
- 2001: Expansión del SIS a más
países, incluyendo no miembros de la UE como Suiza, Noruega, Islandia y
Liechtenstein.
- 2013: Entrada en
funcionamiento del SIS II, con mejoras técnicas y capacidad para datos
biométricos.
- 2018: Nuevos reglamentos (UE
2018/1860, 2018/1861, 2018/1862) amplían las funcionalidades, incluyendo
alertas para el retorno de nacionales de terceros países y mayor acceso
para Europol y Frontex.
- 2023: Lanzamiento del SIS
Recast (SIS II+), con mayor uso de datos biométricos, alertas preventivas
y herramientas contra el terrorismo y la delincuencia organizada.
Abordaje de Casos
El SIS II
permite a las autoridades abordar casos de manera eficiente mediante:
- Identificación Rápida: Las alertas en tiempo
real permiten localizar personas u objetos en cualquier país Schengen.
- Cooperación
Transfronteriza: Las
oficinas SIRENE facilitan el intercambio de información complementaria,
como antecedentes penales o detalles de una alerta.
- Protección de Datos: Los ciudadanos pueden
solicitar acceso, rectificación o supresión de datos incorrectos o
ilegales, con plazos estrictos (60 días para acceso, 3 meses para
rectificación/supresión).
Ejemplo de Proceso: Una persona
descubre una alerta errónea en el SIS II que le impide viajar. Solicita la
rectificación a la autoridad nacional de protección de datos de su país. Si la
alerta fue emitida por otro país, las oficinas SIRENE coordinan la verificación
y corrección.
Beneficios del SIS II
- Seguridad Reforzada: Facilita la lucha contra
el terrorismo, la delincuencia organizada y la inmigración irregular.
- Gestión Eficiente de
Fronteras: Permite
controles rápidos y precisos en las fronteras externas.
- Protección de Personas
Vulnerables: Alertas
preventivas para menores o víctimas de trata de personas.
- Cooperación Policial y
Judicial: Mejora
la coordinación entre autoridades de diferentes países.
- Protección de Datos: Garantiza derechos de
acceso, rectificación y supresión bajo el Reglamento General de Protección
de Datos (RGPD).
Los Tres Pilares del SIS II
Los
reglamentos de 2018 definen tres pilares principales para el SIS II:
- Cooperación Policial y
Judicial:
Facilita la búsqueda de personas buscadas, sospechosas de delitos graves o
relacionadas con terrorismo (Reglamento UE 2018/1862).
- Protección de Fronteras: Gestiona alertas para
denegar la entrada a personas que representen una amenaza para el orden
público o la seguridad (Reglamento UE 2018/1861).
- Retorno de Nacionales de
Terceros Países: Apoya
la ejecución de decisiones de retorno para personas en situación irregular
(Reglamento UE 2018/1860).
Diferencias, Conceptos, Términos, Vocablos y Similitudes
Diferencias
- SIS I vs. SIS II: El SIS II incorpora
datos biométricos, mayor capacidad de almacenamiento y funcionalidades
mejoradas, como alertas preventivas. El SIS I era más limitado
tecnológicamente.
- SIS II vs. VIS (Sistema de
Información de Visados): El SIS II se centra en seguridad y gestión
de fronteras, mientras que el VIS gestiona solicitudes de visados de corta
duración.
- SIS II vs. Eurodac: Eurodac se usa para
identificar solicitantes de asilo mediante huellas dactilares, mientras
que el SIS II tiene un alcance más amplio (seguridad, fronteras,
cooperación policial).
Conceptos y Términos
- Alerta: Registro en el SIS II
con información sobre una persona u objeto.
- SIRENE: Oficina nacional que
gestiona información complementaria.
- Datos biométricos: Huellas dactilares,
imágenes faciales o ADN.
- eu-LISA: Agencia responsable del
sistema central.
- Schengen: Área de libre
circulación sin fronteras internas.
Similitudes
- El SIS II comparte
objetivos con sistemas como Eurodac y VIS: mejorar la seguridad y
gestionar la migración en la UE.
- Todos los sistemas están
regulados por el RGPD y supervisados por autoridades de protección de
datos.
Lista de Países que Utilizan el SIS II
El SIS II
opera en 30 países europeos:
- Estados miembros de la UE
(26):
Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia,
Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Italia,
Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal,
República Checa, Rumanía, Suecia.
- Países asociados a
Schengen (4): Suiza,
Noruega, Islandia, Liechtenstein.
- Notas: Irlanda y Chipre no
están conectados al SIS II.
Oficinas para Solicitar Información sobre el SIS II
Las
solicitudes de acceso, rectificación o supresión de datos en el SIS II deben
dirigirse a la autoridad nacional de protección de datos o a la oficina
SIRENE del país correspondiente. A continuación, se detallan algunos
ejemplos:
España
- Autoridad: Agencia Española de
Protección de Datos (AEPD)
- Sitio web: www.aepd.es
- Email: internacional@aepd.es
- Teléfono: +34 901 100 099
- Dirección: C/ Jorge Juan, 6, 28001
Madrid, España
- Oficina SIRENE:
- Dirección: Ministerio del
Interior, Dirección General de la Policía, División de Cooperación
Internacional – Oficina SIRENE, C/ Julián González Segador s/n, 28043
Madrid, España
- Teléfono: No disponible
públicamente; contactar a través de la AEPD
- Email: No disponible
públicamente; usar formularios oficiales
- Sitio web: www.interior.gob.es
Francia
- Autoridad: Commission Nationale de
l'Informatique et des Libertés (CNIL)
- Sitio web: www.cnil.fr
- Email: Contactar a través del
formulario en el sitio web
- Teléfono: +33 1 53 73 22 22
- Dirección: 3 Place de Fontenoy,
75007 Paris, Francia
Alemania
- Autoridad: Der Bundesbeauftragte für den
Datenschutz und die Informationsfreiheit (BfDI)
- Sitio web: www.bfdi.bund.de
- Email: poststelle@bfdi.bund.de
- Teléfono: +49 228 99 779 0
- Dirección: Graurheindorfer Straße 153, 53117 Bonn, Alemania
Costes Gubernamentales
No se
especifican tarifas (fees) para el acceso, rectificación o supresión de datos
en el SIS II, ya que estos derechos están garantizados por el RGPD y son
gratuitos. Sin embargo, si se requiere asistencia legal, los costes dependerán
del abogado o la agencia contratada.
Pasos para Solicitar Información
- Identificar la Autoridad
Competente:
Contactar a la autoridad nacional de protección de datos del país donde se
presenta la solicitud.
- Presentar la Solicitud: Usar formularios
oficiales (disponibles en los sitios web de las autoridades, como la AEPD
en España).
- Proporcionar Documentación: Incluir identificación
personal y, si aplica, pruebas de datos incorrectos (ej., sentencias
judiciales).
- Esperar Respuesta: Las autoridades deben
responder en un plazo de 60 días para solicitudes de acceso y 3 meses para
rectificaciones o supresiones.
- Apelación (si necesario): Si la solicitud es
denegada, se puede presentar una reclamación ante la autoridad de
protección de datos o un tribunal.
Fuentes Físicas y Virtuales Verificables
Fuentes Virtuales
- Comisión Europea: home-affairs.ec.europa.eu
- EUR-Lex: eur-lex.europa.eu
- Agencia Española de
Protección de Datos (AEPD): www.aepd.es
- Ministerio del Interior de
España:
www.interior.gob.es
- eu-LISA: www.eulisa.europa.eu
Fuentes Físicas
- Oficina SIRENE España: Ministerio del Interior,
Dirección General de la Policía, División de Cooperación Internacional, C/
Julián González Segador s/n, 28043 Madrid, España.
- AEPD: C/ Jorge Juan, 6, 28001
Madrid, España.
- Publicaciones Oficiales: Reglamentos UE
2018/1860, 2018/1861, 2018/1862 disponibles en el Diario Oficial de la
Unión Europea.
Recomendación: La Mesa Migratoria
Para
orientación adicional sobre el SIS II y temas migratorios, se recomienda
contactar a La Mesa Migratoria:
- Email: laesquinamigratoria@gmail.com
- Teléfono: +809 505 9986
- YouTube: @laesquinamigratoria
Esta
organización ofrece recursos y gestión especializado en migración, con un enfoque en
la comunidad de habla hispana.
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