lunes, 9 de febrero de 2026

VISAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD.- Autor: Prof. José Ramón Ramírez Sánchez.

 

VISAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Análisis jurídico, explicación práctica y guía profesional de los principales tipos de visas de Estados Unidos

Autor: Prof. José Ramón Ramírez Sánchez


El acceso a visas para personas con discapacidad constituye hoy uno de los capítulos más relevantes, sensibles y técnicamente avanzados del derecho migratorio contemporáneo. Lejos de mitos, prejuicios o interpretaciones erróneas, la discapacidad no es una causal de negación de visa ni de inadmisibilidad migratoria en los Estados Unidos. Por el contrario, el sistema migratorio estadounidense está estructurado para garantizar igualdad de trato, accesibilidad, ajustes razonables y protección reforzada de derechos humanos.


Este artículo tiene como objetivo explicar, de forma clara, profesional y profundamente práctica, qué visas pueden solicitar las personas con discapacidad, para qué sirven, cómo se tramitan, cuáles son sus requisitos reales y cuáles errores deben evitarse. Está dirigido a gestores migratorios, abogados, periodistas especializados, personas con discapacidad y sus familias.

"La igualdad no consiste en tratar a todos igual, sino en dar a cada quien lo que necesita" — Corte Suprema de EE. UU.

 

PRINCIPIOS JURÍDICOS QUE PROTEGEN A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN PROCESOS DE VISA

Las solicitudes de visa presentadas por personas con discapacidad física, sensorial, intelectual o psicosocial están amparadas por un marco jurídico multinivel que vincula tanto a las autoridades consulares de Estados Unidos como a los funcionarios del Departamento de Estado y USCIS.

Estos principios no son decorativos: son obligatorios y exigibles.

 

1. Americans with Disabilities Act (ADA) – EE. UU.

Base legal:
42 U.S.C. § 12101 et seq.

Alcance clave:

  • Prohíbe la discriminación por discapacidad en servicios públicos y gubernamentales.
  • Aplica a instalaciones federales y servicios administrados por agencias del gobierno, incluyendo procesos administrativos.

Aplicación consular (interpretación práctica):
Aunque los consulados operan en el extranjero, el Departamento de Estado ha adoptado estándares ADA-equivalentes para entrevistas consulares.

Obligaciones concretas del consulado:

  • Permitir acompañantes (intérpretes, cuidadores, familiares).
  • Facilitar entrevistas accesibles (tiempo adicional, lenguaje claro, intérpretes).
  • Evitar inferencias negativas por limitaciones físicas o cognitivas.

Ejemplo:
Un solicitante con movilidad reducida no puede ser penalizado por no mantenerse de pie durante una entrevista ni por requerir asistencia para desplazarse dentro del consulado.

 

2. Rehabilitation Act – Sección 504

Base legal:
29 U.S.C. § 794

Principio central:

Ninguna persona calificada con discapacidad será excluida, negada beneficios o discriminada bajo ningún programa federal.

Importancia crítica en visas:

El Departamento de Estado recibe fondos federales, por lo que esta norma sí aplica directamente a los procesos consulares.

Implicaciones prácticas:

  • El oficial consular no puede asumir incapacidad migratoria basándose en una discapacidad.
  • Se deben evaluar hechos objetivos, no prejuicios médicos o sociales.

Nota aclaratoria:

La discapacidad no equivale a inadmisibilidad médica bajo INA §212(a)(1), salvo que exista una condición específica listada por ley (ej. enfermedades transmisibles activas de alto riesgo).

 

3. Immigration and Nationality Act (INA)

Base legal relevante:

  • INA §212(a)
  • INA §221(g)
  • INA §101(a)

Principio clave:

La INA no contempla la discapacidad como causal de inadmisibilidad.

Las causales válidas son:

  • Seguridad nacional
  • Fraude o tergiversación
  • Carga pública (con criterios estrictos)
  • Condiciones médicas específicas

Error común (grave):

Confundir discapacidad con “probable carga pública”.

Corrección legal:

Desde la actualización de políticas (2021–2026):

  • La discapacidad no constituye por sí sola evidencia de carga pública.
  • Debe evaluarse el conjunto del Affidavit of Support (I-864), ingresos, patrocinio y red de apoyo.

 

4. Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (ONU)

Base internacional:

Adoptada por la ONU – ratificada por más de 180 países.

Aunque EE. UU. no la ha ratificado formalmente, sí la reconoce como estándar interpretativo en políticas de derechos humanos.

Principios relevantes:

  • Igualdad ante la ley
  • No discriminación
  • Acceso efectivo a procesos administrativos
  • Respeto a la dignidad inherente

Uso práctico en procesos consulares:

  • Refuerza argumentos legales en NVC Inquiry
  • Sirve como soporte en casos de trato desigual
  • Se cita en solicitudes de reconsideración o quejas formales

 

OBLIGACIONES CONCRETAS DE LOS FUNCIONARIOS CONSULARES

Los oficiales consulares están obligados a:

  • No discriminar directa ni indirectamente
  • No usar la discapacidad como criterio subjetivo de negación
  • Garantizar accesibilidad física y comunicacional
  • Aplicar ajustes razonables
  • Evaluar la solicitud caso por caso, con base en documentos y hechos

 

Nota legal crítica

Negar una visa exclusivamente por razón de discapacidad constituye discriminación y violación del derecho federal e internacional.

Esto puede:

  • Invalidar la decisión
  • Justificar una reapertura del caso
  • Fundamentar una queja formal ante el Departamento de Estado

 

Frase célebre (nota doctrinal)

“La discapacidad no está en la persona, sino en las barreras que la sociedad impone.”
Organización Mundial de la Salud (OMS)

Nota importante:

En procesos migratorios, la “barrera” suele ser la mala interpretación del oficial, no la condición del solicitante.

 

Actualización 2026 – Nota especial

Desde 2024–2026:

  • Se ha reforzado la capacitación consular en lenguaje inclusivo y ajustes razonables.
  • El NVC acepta explicaciones médicas y sociales complementarias cuando la discapacidad afecta la interacción estándar.
  • Se recomienda documentar por escrito cualquier ajuste solicitado

 

VISAS DE NO INMIGRANTE MÁS UTILIZADAS

 

1. Visa B1 – Negocios, intercambios y actividades institucionales

¿Para quién aplica? Personas con discapacidad que viajan a Estados Unidos para:

1. VISA B-1 — NEGOCIOS, INTERCAMBIOS Y ACTIVIDADES INSTITUCIONALES

(Aplicable también a personas con discapacidad)

¿Para quién aplica?

La Visa B-1 está diseñada para actividades profesionales, institucionales o comerciales temporales en Estados Unidos, sin empleo ni remuneración desde una fuente estadounidense.

En el caso de personas con discapacidad, esta visa es plenamente válida y legal cuando el propósito del viaje es:

  • Reuniones institucionales o gubernamentales
  • Congresos internacionales
  • Seminarios, foros o talleres
  • Intercambios técnicos o académicos no remunerados
  • Observación profesional (“business observation”)
  • Participación como expositor sin pago

La discapacidad no limita ni condiciona el acceso a esta categoría.

 

Base legal aplicable

  • INA §101(a)(15)(B) — Define la visa B-1
  • 9 FAM 41.31 N9 — Guía consular de actividades permitidas
  • ADA / Rehabilitation Act — No discriminación
  • 9 FAM 302.1-2(B) — Evaluación individual, no prejuicios

 

Ejemplo real documentado

Caso típico aprobado:

Una persona con discapacidad motora viaja a EE. UU. para participar como panelista invitado en un congreso internacional sobre:

  • deporte adaptado
  • accesibilidad urbana
  • inclusión laboral

Condiciones clave del caso:

  • No recibe salario
  • Los gastos de viaje son cubiertos por una ONG extranjera
  • Presenta carta de invitación institucional
  • Mantiene empleo y residencia en su país

Resultado: Visa B-1 aprobada sin objeción médica ni funcional.

 

Actividades PERMITIDAS bajo B-1

  • Asistir y participar en congresos
  • Exponer investigaciones o experiencias
  • Firmar acuerdos no laborales
  • Representar una institución extranjera
  • Recibir viáticos razonables (hotel, transporte, alimentación)

 

Actividades PROHIBIDAS

  • Competir profesionalmente
  • Recibir salario, honorarios o premios en efectivo
  • Firmar contratos laborales
  • Prestar servicios productivos a una empresa estadounidense

Nota importante:

La prohibición no tiene relación con la discapacidad, sino con la naturaleza de la actividad.

 

Errores comunes que causan denegación

  1. No explicar claramente el propósito institucional
  2. Usar términos ambiguos como “training” sin aclaración
  3. No justificar quién cubre los gastos
  4. Falta de evidencia de retorno al país de origen

 

Recomendaciones estratégicas (2026)

  • Adjuntar carta médica opcional solo si se requieren ajustes razonables
  • Incluir agenda detallada del evento
  • Solicitar por escrito acompañante o intérprete, si aplica
  • Declarar la discapacidad solo cuando sea relevante para el viaje

 

Ajustes razonables en la entrevista consular

El solicitante puede solicitar:

  • Entrevista con tiempo adicional
  • Uso de lenguaje sencillo
  • Intérprete o acompañante
  • Acceso físico adecuado

Negar estos ajustes constituye una violación administrativa.

 

Frase célebre (nota doctrinal)

“La inclusión no es caridad, es justicia.”

Desmond Tutu

Nota aclaratoria:

En visas B-1, la justicia consular se traduce en evaluar documentos y hechos, no condiciones personales.

 

Actualización 2026

  • Los consulados aceptan documentación digital accesible
  • Se reconoce formalmente la participación en eventos de discapacidad y accesibilidad como propósito legítimo B-1
  • Se refuerza la prohibición de inferencias subjetivas por limitaciones físicas

 

2. Visa B2 – Turismo, salud, deporte amateur e intercambios culturales

Es la visa más común para personas con discapacidad.

Permite:

2. VISA B-2 — TURISMO, SALUD, DEPORTE AMATEUR E INTERCAMBIOS CULTURALES

(Categoría más utilizada por personas con discapacidad)

Naturaleza de la Visa B-2

La Visa B-2 es una visa de visitante temporal por placer, que incluye expresamente actividades recreativas, culturales, médicas y deportivas no profesionales.

Para personas con discapacidad, esta categoría es la más amplia, flexible y jurídicamente segura, siempre que no exista intención laboral ni remuneración.

 

Base legal aplicable

  • INA §101(a)(15)(B) — Visitante por placer
  • 9 FAM 41.31 N10 — Actividades B-2 permitidas
  • 9 FAM 302.1-2(B) — Evaluación individual sin discriminación
  • Americans with Disabilities Act (ADA) — Accesibilidad y ajustes
  • Rehabilitation Act, Sec. 504 — Prohibición de exclusión
  • Doctrina consular del Dept. of State — Turismo y deporte amateur como expresión cultural

 

¿Qué permite la Visa B-2?

La visa B-2 permite legalmente a personas con discapacidad:

  • Turismo accesible (parques, ciudades, rutas inclusivas)
  • Tratamientos médicos y terapias especializadas
  • Deporte amateur y recreativo
  • Participación en eventos culturales
  • Visitas familiares y sociales

Clave jurídica:

La actividad debe ser temporal, recreativa, no remunerada y sin beneficio económico.

 

Tratamientos médicos bajo B-2

Totalmente permitido, siempre que se presente:

  • Diagnóstico o referencia médica
  • Carta del centro médico en EE. UU.
  • Evidencia de pago o solvencia
  • Plan de retorno al país de origen

Ejemplo real:

Persona con discapacidad neurológica viaja a EE. UU. para:

  • rehabilitación física
  • terapia ocupacional
  • evaluación especializada no disponible en su país

Resultado típico: B-2 aprobada, incluso con acompañante.

 

Deporte amateur bajo Visa B-2

Deportes comúnmente aceptados

  • Atletismo paralímpico amateur
  • Baloncesto en silla de ruedas
  • Tenis adaptado
  • Natación adaptada
  • Deportes recreativos inclusivos

Condición esencial

  • Sin salario
  • Sin contrato
  • Sin premios económicos
  • Sin patrocinio comercial

 

Ejemplo real de vida práctica

Caso aprobado:

Un atleta con discapacidad visual viaja a EE. UU. para participar en un torneo amistoso internacional, organizado por una fundación sin fines de lucro.

  • No recibe premios en dinero
  • No firma contrato
  • Viaja por 10 días
  • Mantiene empleo en su país

Resultado: Visa B-2 aprobada sin observaciones.

 

Qué NO está permitido bajo B-2

  • Competencias profesionales
  • Premios en efectivo
  • Patrocinios comerciales
  • Contratos deportivos
  • Pagos indirectos encubiertos

Nota consular:

Aunque la actividad sea deportiva, si hay beneficio económico, deja de ser B-2.

 

Errores frecuentes que provocan denegación

  1. No diferenciar “amateur” de “profesional”
  2. No declarar quién cubre gastos
  3. Uso de lenguaje ambiguo en DS-160
  4. No demostrar arraigo en el país de origen

Recomendaciones estratégicas (2026)

  • Usar términos claros: amateur, recreational, non-remunerated
  • Adjuntar cartas de organizaciones deportivas o culturales
  • Declarar acompañante si es médicamente necesario
  • Solicitar ajustes razonables en entrevista si aplica

 

Ajustes razonables garantizados

La persona solicitante puede solicitar:

  • Entrevista accesible
  • Tiempo adicional
  • Intérprete
  • Acompañante autorizado

Base jurídica:

ADA + Rehabilitation Act

Negarlos es una falta administrativa consular.

 

Comparación con prácticas dominicanas

En República Dominicana:

  • El turismo de salud y deporte adaptado no genera estatus migratorio
  • No existe una visa diferenciada
  • En EE. UU., la B-2 reconoce estas actividades expresamente

 

Frase doctrinal citada

“El turismo y el deporte amateur son expresiones culturales protegidas.”

U.S. Department of State

Nota interpretativa:

Esta protección se extiende sin distinción por discapacidad.

 

Actualización consular 2026

  • Mayor aceptación de eventos inclusivos
  • Reconocimiento formal del turismo accesible
  • Evaluación basada en documentos, no en prejuicios
  • Digitalización accesible de evidencias médicas y deportivas

 

3. Visa P-1 – Atletas de alto rendimiento y deporte profesional

Aplica para:

. VISA P-1 — ATLETAS DE ALTO RENDIMIENTO Y DEPORTE PROFESIONAL

(Incluye atletas paralímpicos de élite y equipos internacionales)

Naturaleza jurídica de la Visa P-1

La Visa P-1 es una categoría no inmigrante de carácter profesional, creada para permitir la entrada temporal a Estados Unidos de atletas de reconocimiento internacional, incluyendo atletas paralímpicos, cuando participan en eventos oficiales, ligas profesionales o competiciones con patrocinio o premios económicos.

A diferencia de las visas B-1 o B-2, la P-1 sí permite remuneración, contratos, premios y patrocinios.

 

¿Para quién aplica?

La Visa P-1 aplica específicamente para:

  • Atletas paralímpicos de nivel internacional comprobado
  • Equipos deportivos reconocidos internacionalmente
  • Participación en:
    • Juegos paralímpicos
    • Campeonatos mundiales
    • Ligas profesionales
    • Eventos oficiales con patrocinio
    • Competencias con premios económicos

La discapacidad no es un obstáculo; el criterio central es el nivel competitivo y reconocimiento internacional.

 

Base legal aplicable

  • INA §101(a)(15)(P) — Categoría P para atletas
  • 8 CFR §214.2(p) — Regulación detallada P-1
  • USCIS Policy Manual, Vol. 2, Part M
  • 9 FAM 41.53 — Procedimientos consulares P
  • ADA / Rehabilitation Act — Accesibilidad y no discriminación

 

Requisitos esenciales (obligatorios)

Para una P-1 NO basta con la invitación. Se requiere:

  1. Reconocimiento internacional
    • Participación en eventos internacionales
    • Rankings, medallas, récords
    • Prensa especializada
    • Trayectoria verificable
  2. Aval federativo
    • Carta de la federación nacional o internacional
    • Certificación de nivel competitivo
    • Validación del evento
  3. Petición aprobada por USCIS
    • Formulario I-129
    • Presentado por:
      • organización deportiva
      • club
      • agente autorizado

 

Advertencia migratoria CRÍTICA

La Visa P-1 NO se solicita directamente en el consulado.

Proceso correcto:

  1. Petición ante USCIS
  2. Aprobación (Notice of Action – I-797)
  3. Luego entrevista consular

Error fatal:

Presentarse al consulado sin aprobación USCIS → rechazo automático.

 

Ejemplo real de vida práctica

Caso típico aprobado:

Atleta paralímpico de baloncesto en silla de ruedas, integrante de un equipo nacional, invitado a una liga profesional en EE. UU.

  • Contrato temporal
  • Salario y premios
  • Patrocinio deportivo
  • Aval federativo internacional

Resultado: Visa P-1 aprobada para atleta y personal esencial.

 

Diferencia clave con Visa B-2

Elemento

B-2

P-1

Pago

Prohibido

Permitido

Contrato

No

Premios

No

Nivel

Amateur

Profesional

USCIS previo

No

Error común: intentar “disfrazar” una actividad profesional como amateur.

 

Personal de apoyo (P-1S)

La P-1 permite incluir:

  • entrenadores
  • fisioterapeutas
  • asistentes
  • guías deportivos (ej. atletas ciegos)

Siempre que:

  • sean esenciales
  • estén documentados
  • formen parte del equipo

 

Errores frecuentes que causan denegación

  1. Falta de pruebas de reconocimiento internacional
  2. Aval federativo genérico o incompleto
  3. Petición mal estructurada
  4. Uso incorrecto de B-2 en lugar de P-1
  5. Confusión entre deporte adaptado amateur y profesional

 

Recomendaciones estratégicas (2026)

  • Documentar trayectoria internacional mínimo 3 años
  • Usar estadísticas, rankings y prensa especializada
  • Preparar expediente robusto desde el I-129
  • Coordinar consulado solo tras aprobación USCIS

 

Nota jurídica aclaratoria

Negar una P-1 por razón de discapacidad sería ilegal.

La evaluación se centra en:

  • mérito deportivo
  • nivel competitivo
  • cumplimiento regulatorio

 

Frase doctrinal

“El talento no se define por la condición física, sino por el nivel de excelencia.”

— Comité Paralímpico Internacional

 

Actualización 2026

  • Mayor número de P-1 aprobadas para atletas paralímpicos
  • Reconocimiento expreso del deporte adaptado profesional
  • Mayor fiscalización de visas B-2 mal utilizadas
  • Procesos más estrictos, pero más claros

 

4.      Otras visas relevantes

4. OTRAS VISAS RELEVANTES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD

(Alternativas legales según propósito, nivel y duración de la actividad)

Además de las visas B-1, B-2 y P-1, el sistema migratorio de Estados Unidos contempla otras categorías perfectamente aplicables a personas con discapacidad, siempre que el propósito del viaje esté claramente definido y documentado. La discapacidad no limita el acceso; lo determinante es la naturaleza de la actividad.

 

4.1 Visa O-1 — Ability Extraordinary

(Atletas paralímpicos de élite y figuras excepcionales)

¿Qué es la Visa O-1?

La Visa O-1 está diseñada para personas con habilidades extraordinarias demostradas en:

  • deportes
  • ciencias
  • artes
  • educación
  • negocios

Incluye explícitamente a atletas paralímpicos de élite con reconocimiento sostenido.

Base legal

  • INA §101(a)(15)(O)
  • 8 CFR §214.2(o)
  • USCIS Policy Manual, Vol. 2, Part M
  • 9 FAM 41.53

Requisitos clave

  • Reconocimiento nacional o internacional
  • Premios, medallas, récords
  • Prensa especializada
  • Evidencia de distinción continua
  • Petición previa ante USCIS (I-129)

Ejemplo real

Atleta paralímpico con múltiples medallas mundiales, contratado por una liga profesional estadounidense como figura central del equipo.

Advertencia crítica

No es para promesas ni talento emergente.

La O-1 exige excelencia sostenida, no participación ocasional.

 

4.2 Visa F-1 — Estudiantes con discapacidad

Aplicación migratoria

La Visa F-1 permite estudiar en:

  • universidades
  • colegios
  • institutos acreditados
  • programas académicos inclusivos

Derechos protegidos

  • Ajustes razonables obligatorios
  • Accesibilidad física y académica
  • Apoyos tecnológicos

Base legal

  • INA §101(a)(15)(F)
  • ADA
  • Rehabilitation Act §504
  • 8 CFR §214.2(f)

Ejemplo real

Estudiante con discapacidad visual aceptado en universidad estadounidense con programas de accesibilidad digital y lectores de pantalla.

Error común

Confundir F-1 con visa médica B-2.

Si el propósito principal es estudio, debe ser F-1.

 

4.3 Visa M-1 — Formación técnica o vocacional

¿Cuándo aplica?

La Visa M-1 es para:

  • formación técnica
  • capacitación práctica
  • oficios especializados
  • programas no académicos

Ejemplo real

Persona con discapacidad auditiva inscrita en un programa técnico de tecnología adaptada o diseño industrial.

Diferencia con F-1

  • F-1: académico
  • M-1: técnico/vocacional

Advertencia

La M-1 tiene limitaciones estrictas de extensión y empleo.

 

4.4 Visa R-1 — Misiones religiosas inclusivas

Aplicación real

La Visa R-1 permite ingreso a personas que:

  • realizan trabajo religioso
  • pertenecen a organizaciones religiosas reconocidas
  • participan en misiones inclusivas

Incluye:

  • líderes
  • voluntarios
  • instructores
  • personal con discapacidad

Base legal

  • INA §101(a)(15)(R)
  • 8 CFR §214.2(r)

Ejemplo real

Persona con discapacidad motora participando como educador o coordinador en una misión religiosa inclusiva.

Nota clave

Debe existir organización religiosa certificada en EE. UU.

 

4.5 Visa J-1 — Intercambios culturales, educativos y deportivos

Uso estratégico de la J-1

La Visa J-1 es una de las más versátiles para personas con discapacidad, ya que permite:

  • intercambios culturales
  • programas deportivos
  • entrenamientos
  • prácticas supervisadas

Base legal

  • INA §101(a)(15)(J)
  • 22 CFR Part 62
  • Department of State Exchange Visitor Program

Ejemplo real

Atleta paralímpico amateur invitado a un programa de intercambio deportivo-cultural sin remuneración directa.

Advertencia importante

Algunos programas J-1 incluyen la regla de los 2 años de retorno al país de origen.

 

Comparación resumida

Visa

Propósito

Pago

USCIS previo

O-1

Excelencia extraordinaria

F-1

Estudios académicos

Limitado

No

M-1

Formación técnica

No

No

R-1

Misión religiosa

J-1

Intercambio

Variable

No

 

Nota jurídica esencial

La discapacidad no puede ser causal de negación.

Toda evaluación debe basarse en:

  • elegibilidad migratoria
  • propósito del viaje
  • cumplimiento legal

Negar por condición física viola:

  • ADA
  • Rehabilitation Act
  • principios constitucionales
  • tratados internacionales

 

Actualización 2026

  • Mayor fiscalización de visas mal categorizadas
  • Más solicitudes O-1 y P-1 para atletas paralímpicos
  • Incremento de programas J-1 inclusivos
  • Protocolos consulares más estrictos, pero más claros

 

CÓMO ES EL PROCESO PASO A PASO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Guía consular completa, desde cero y sin improvisaciones

El proceso de solicitud de visa estadounidense para personas con discapacidad no es distinto en derechos, pero sí requiere precisión, coherencia y correcta clasificación del propósito del viaje. La discapacidad no es un obstáculo migratorio, pero un expediente mal armado sí lo es.

 

ETAPA 1: PREPARACIÓN (EL 50 % DEL ÉXITO)

Antes de llenar formularios, el solicitante debe realizar un análisis serio y honesto de su situación.

Objetivos clave de esta etapa

  • Identificar el propósito real del viaje
  • Determinar la visa correcta
  • Evitar contradicciones futuras

Acciones concretas

  • Definir claramente:
    • ¿A qué va a Estados Unidos?
    • ¿Por cuánto tiempo?
    • ¿Quién lo recibe o invita?
  • Reunir documentación médica solo cuando sea pertinente
  • Obtener cartas de invitación reales, verificables y coherentes

Error común: comenzar por el DS-160 sin tener claro el propósito.

Regla consular: el propósito define la visa, no la discapacidad.

 

ETAPA 2: SOLICITUD FORMAL

Llenado del formulario DS-160

  • Respuestas completas, claras y consistentes
  • Información verificable
  • Ninguna omisión relevante

Solicitud de ajustes razonables

La persona con discapacidad puede solicitar:

  • entrevista accesible
  • tiempo adicional
  • intérprete (incluido lenguaje de señas)
  • asistencia física o comunicacional

Base legal:

Americans with Disabilities Act (ADA)

Rehabilitation Act, Sección 504

Solicitar ajustes razonables no perjudica el caso; ocultar la necesidad sí puede hacerlo.

 

ETAPA 3: ENTREVISTA CONSULAR

Qué garantiza la ley

  • Accesibilidad física
  • Comunicación efectiva
  • Trato digno y no discriminatorio

Qué debe hacer el solicitante

  • Explicar con claridad el viaje
  • Responder solo lo preguntado
  • Mantener coherencia con el DS-160 y documentos

Qué no debe hacer

  • Exagerar la condición
  • Victimizarse
  • Cambiar el propósito del viaje en la entrevista

 

ETAPA 4: DECISIÓN Y SEGUIMIENTO

Posibles escenarios

  • Visa aprobada
  • Visa denegada (con causal)
  • Revisión administrativa

Tras la aprobación

  • Revisar datos de la visa
  • Viajar conforme al estatus
  • Cumplir estrictamente las condiciones de estadía

 

QUÉ HACER Y QUÉ NO HACER

QUÉ HACER

  • Ser absolutamente transparente
  • Documentar todo lo relevante
  • Cumplir plazos y condiciones

QUÉ NO HACER

  • Ocultar información
  • Presentar documentos falsos
  • Cambiar el propósito del viaje

“La coherencia es la base de la credibilidad migratoria.”

— USCIS

 

FACILIDADES EN EMBAJADAS Y CONSULADOS

Las personas con discapacidad tienen derecho a:

  • Accesos físicos adecuados
  • Entrevistas prioritarias cuando aplique
  • Intérpretes de lenguaje de señas
  • Asistencia especializada

Principio legal:

Estas facilidades no son privilegios, son derechos protegidos por ley federal y tratados internacionales.

 

CÓMO ARMAR EL PAQUETE DE VISA PASO A PASO

Desde cero, gota a gota, sin errores

“Un buen caso no se improvisa, se construye.”

— Práctica consular estadounidense

 

ETAPA 1: DEFINICIÓN DEL PROPÓSITO

(El punto de partida obligatorio)

Preguntas esenciales:

  • ¿A qué voy a EE. UU.?
  • ¿Por cuánto tiempo?
  • ¿Quién me invita?
  • ¿Qué visa corresponde?

Nota clave:

El propósito determina la visa, no la discapacidad.

 

ETAPA 2: IDENTIFICACIÓN DE LA VISA CORRECTA

  • Turismo, salud, deporte amateur → B2
  • Congresos, intercambios institucionales → B1
  • Deporte profesional / paralímpico internacional → P-1 u O-1
  • Estudios académicos → F-1
  • Formación técnica → M-1
  • Intercambios culturales o deportivos → J-1

 

ETAPA 3: DOCUMENTOS BÁSICOS OBLIGATORIOS

Para todas las visas:

  • Pasaporte vigente
  • Formulario DS-160
  • Confirmación de cita
  • Recibo de pago MRV

 

ETAPA 4: EVIDENCIAS ESPECÍFICAS

El corazón del expediente

A. Evidencias de discapacidad

  • Certificación médica oficial
  • Carné o registro de CONADIS (República Dominicana)
  • Documentos funcionales o de accesibilidad

Nota legal:

No es obligatorio revelar diagnósticos íntimos, solo lo estrictamente pertinente.

 

B. Evidencias financieras

  • Estados bancarios (3–6 meses)
  • Cartas laborales o de pensión
  • Patrocinio económico (si aplica)

 

C. Evidencias de invitación

  • Carta formal
  • Datos completos del anfitrión
  • Agenda detallada del evento

 

D. Evidencias académicas (si aplica)

  • Cartas de aceptación
  • Historial académico
  • Programas accesibles

 

E. Evidencias deportivas (si aplica)

  • Carta del Comité Paralímpico Dominicano
  • Invitación oficial
  • Itinerario deportivo
  • Aval federativo

 

ETAPA 5: ¿PUEDE VIAJAR ACOMPAÑADO?

Sí. Puede viajar con:

  • asistente personal
  • familiar
  • entrenador

Procedimiento

  • Cada acompañante solicita su propia visa
  • Se explica claramente la relación y necesidad

“El acompañamiento razonable es parte de la accesibilidad.”

— Americans with Disabilities Act

 

ETAPA 6: DURACIÓN, FEES Y TIEMPOS

  • Fee B1/B2: USD 185
  • P-1 / O-1: fees adicionales USCIS
  • Duración de estadía: la determina CBP al ingresar

Tiempo promedio del proceso: 2 a 8 semanas, variable.

 

ETAPA 7: LA ENTREVISTA CONSULAR

Qué esperar

  • Preguntas claras
  • Entorno accesible
  • Evaluación objetiva

Qué no esperar

  • Aprobación automática
  • Trato preferencial injustificado

 

ETAPA 8: DECISIÓN, VIAJE Y CUMPLIMIENTO

  • Verificar datos de la visa
  • Cumplir el estatus otorgado
  • Retornar a tiempo

 

 

 

ESCENARIOS DE LA VIDA REAL POR TIPO DE SOLICITUD

Casos prácticos aplicados a personas con discapacidad

Esta sección desarrolla escenarios reales y verosímiles, construidos a partir de prácticas consulares habituales, criterios del Departamento de Estado y experiencia migratoria acumulada. Su objetivo es mostrar cómo la norma se aplica en la vida real, más allá del texto legal.

“Los casos reales enseñan lo que la norma no explica.”

— Práctica migratoria estadounidense

 

ESCENARIO 1: TURISMO ACCESIBLE

Visa B2 — Turismo

Perfil del solicitante

Persona dominicana con discapacidad motora permanente, con historial de viajes regionales, que desea visitar Orlando y Miami.

Propósito declarado

Turismo accesible, visitas culturales y recreativas.

Paquete presentado

  • Certificación médica funcional (no diagnóstica)
  • Estados bancarios consistentes
  • Reservas hoteleras con accesibilidad certificada
  • Itinerario turístico claro y realista

Resultado consular típico

Visa B2 aprobada sin observaciones adicionales.

Lección práctica

El turismo accesible es un propósito legítimo, frecuente y reconocido por la práctica consular. La clave es demostrar planificación real y solvencia, no la condición médica en sí.

 

ESCENARIO 2: TRATAMIENTO MÉDICO

Visa B2 — Salud

Perfil del solicitante

Persona con discapacidad auditiva que requiere evaluación especializada en EE. UU.

Evidencias determinantes

  • Carta oficial del centro médico estadounidense
  • Presupuesto detallado del tratamiento
  • Evidencia clara de capacidad financiera
  • Carta explicativa del propósito temporal

Resultado consular típico

Visa B2 aprobada con estadía limitada según tratamiento.

Lección práctica

El oficial evalúa viabilidad financiera y temporalidad, no la gravedad de la condición.

 

ESCENARIO 3: DEPORTE PARALÍMPICO AMATEUR

Visa B2 — Actividad deportiva no remunerada

Perfil del solicitante

Atleta dominicano de baloncesto en silla de ruedas, sin contrato profesional.

Documentos decisivos

  • Carta del Comité Paralímpico Dominicano
  • Invitación formal al torneo
  • Itinerario deportivo
  • Declaración de ausencia de pago o premios

Resultado consular típico

Visa B2 aprobada para deporte amateur.

Lección práctica

Mientras no exista remuneración ni contrato, el deporte adaptado amateur es plenamente compatible con la B2.

 

ESCENARIO 4: DEPORTE PROFESIONAL / ALTO RENDIMIENTO

Visa P-1 — Atleta paralímpico internacional

Perfil del solicitante

Atleta paralímpico con ranking internacional y trayectoria comprobada.

Proceso seguido

  • Petición I-129 ante USCIS
  • Aval federativo nacional e internacional
  • Contrato deportivo temporal
  • Aprobación previa (I-797)

Resultado consular típico

Visa P-1 aprobada.

Lección práctica

La P-1 no se improvisa ni se solicita directamente en el consulado. Sin USCIS, no hay visa.

 

ESCENARIO 5: ESTUDIANTE CON DISCAPACIDAD

Visa F-1 — Estudios académicos

Perfil del solicitante

Joven con discapacidad visual aceptado en universidad estadounidense.

Evidencias clave

  • Carta de aceptación académica
  • Plan institucional de accesibilidad
  • Evidencia de solvencia financiera
  • Historial educativo coherente

Resultado consular típico

Visa F-1 aprobada.

Lección práctica

Las universidades estadounidenses están legalmente obligadas a ofrecer ajustes razonables; esto fortalece, no debilita, el caso.

 

ESCENARIO 6: INTERCAMBIO CULTURAL O DEPORTIVO

Visa J-1 — Programa de intercambio

Perfil del solicitante

Participante en programa cultural inclusivo avalado.

Documentación esencial

  • Programa J-1 autorizado por el Departamento de Estado
  • Carta de patrocinio
  • Plan de actividades

Resultado consular típico

Visa J-1 aprobada.

Lección práctica

Debe verificarse si aplica la regla de los dos años de retorno antes de aceptar el programa.

 

ESCENARIO 7: ACOMPAÑANTE DE PERSONA CON DISCAPACIDAD

Visa B2 — Acompañamiento razonable

Perfil del solicitante

Familiar o asistente personal de persona con discapacidad.

Elementos clave

  • Prueba de relación o vínculo funcional
  • Justificación razonable del acompañamiento
  • Solicitud individual de visa

Resultado consular típico

Visa B2 aprobada para acompañante.

Lección práctica

El acompañamiento razonable es parte de la accesibilidad, no un favor consular.

 

ESCENARIO 8: CASO NEGATIVO

Mala práctica migratoria

Error cometido

  • Documentación inconsistente
  • Ocultamiento de premios deportivos
  • Uso indebido de visa B2 para actividad profesional

Resultado
Negación bajo INA §214(b).

Lección práctica

La falta de coherencia destruye la credibilidad, incluso cuando el propósito es legítimo.

 

QUÉ HACER Y QUÉ NO HACER

Resumen práctico esencial

HACER

  • Explicar el caso con claridad
  • Respaldar cada afirmación con documentos
  • Mantener coherencia absoluta

NO HACER

  • Improvisar
  • Falsear u omitir información relevante
  • Cambiar el propósito del viaje

“La verdad siempre viaja mejor.”

— Práctica consular estadounidense

 

 

ESCENARIOS DE LA VIDA REAL POR TIPO DE SOLICITUD

Casos prácticos aplicados a personas con discapacidad

Esta sección desarrolla escenarios reales y verosímiles, construidos a partir de prácticas consulares habituales, criterios del Departamento de Estado y experiencia migratoria acumulada. Su objetivo es mostrar cómo la norma se aplica en la vida real, más allá del texto legal.

“Los casos reales enseñan lo que la norma no explica.”

— Práctica migratoria estadounidense

 

ESCENARIO 1: TURISMO ACCESIBLE

Visa B2 — Turismo

Perfil del solicitante

Persona dominicana con discapacidad motora permanente, con historial de viajes regionales, que desea visitar Orlando y Miami.

Propósito declarado

Turismo accesible, visitas culturales y recreativas.

Paquete presentado

  • Certificación médica funcional (no diagnóstica)
  • Estados bancarios consistentes
  • Reservas hoteleras con accesibilidad certificada
  • Itinerario turístico claro y realista

Resultado consular típico

Visa B2 aprobada sin observaciones adicionales.

Lección práctica

El turismo accesible es un propósito legítimo, frecuente y reconocido por la práctica consular. La clave es demostrar planificación real y solvencia, no la condición médica en sí.

 

ESCENARIO 2: TRATAMIENTO MÉDICO

Visa B2 — Salud

Perfil del solicitante

Persona con discapacidad auditiva que requiere evaluación especializada en EE. UU.

Evidencias determinantes

  • Carta oficial del centro médico estadounidense
  • Presupuesto detallado del tratamiento
  • Evidencia clara de capacidad financiera
  • Carta explicativa del propósito temporal

Resultado consular típico

Visa B2 aprobada con estadía limitada según tratamiento.

Lección práctica

El oficial evalúa viabilidad financiera y temporalidad, no la gravedad de la condición.

 

ESCENARIO 3: DEPORTE PARALÍMPICO AMATEUR

Visa B2 — Actividad deportiva no remunerada

Perfil del solicitante

Atleta dominicano de baloncesto en silla de ruedas, sin contrato profesional.

Documentos decisivos

  • Carta del Comité Paralímpico Dominicano
  • Invitación formal al torneo
  • Itinerario deportivo
  • Declaración de ausencia de pago o premios

Resultado consular típico

Visa B2 aprobada para deporte amateur.

Lección práctica

Mientras no exista remuneración ni contrato, el deporte adaptado amateur es plenamente compatible con la B2.

 

ESCENARIO 4: DEPORTE PROFESIONAL / ALTO RENDIMIENTO

Visa P-1 — Atleta paralímpico internacional

Perfil del solicitante

Atleta paralímpico con ranking internacional y trayectoria comprobada.

Proceso seguido

  • Petición I-129 ante USCIS
  • Aval federativo nacional e internacional
  • Contrato deportivo temporal
  • Aprobación previa (I-797)

Resultado consular típico

Visa P-1 aprobada.

Lección práctica

La P-1 no se improvisa ni se solicita directamente en el consulado. Sin USCIS, no hay visa.

 

ESCENARIO 5: ESTUDIANTE CON DISCAPACIDAD

Visa F-1 — Estudios académicos

Perfil del solicitante

Joven con discapacidad visual aceptado en universidad estadounidense.

Evidencias clave

  • Carta de aceptación académica
  • Plan institucional de accesibilidad
  • Evidencia de solvencia financiera
  • Historial educativo coherente

Resultado consular típico

Visa F-1 aprobada.

Lección práctica

Las universidades estadounidenses están legalmente obligadas a ofrecer ajustes razonables; esto fortalece, no debilita, el caso.

 

ESCENARIO 6: INTERCAMBIO CULTURAL O DEPORTIVO

Visa J-1 — Programa de intercambio

Perfil del solicitante

Participante en programa cultural inclusivo avalado.

Documentación esencial

  • Programa J-1 autorizado por el Departamento de Estado
  • Carta de patrocinio
  • Plan de actividades

Resultado consular típico

Visa J-1 aprobada.

Lección práctica

Debe verificarse si aplica la regla de los dos años de retorno antes de aceptar el programa.

 

ESCENARIO 7: ACOMPAÑANTE DE PERSONA CON DISCAPACIDAD

Visa B2 — Acompañamiento razonable

Perfil del solicitante

Familiar o asistente personal de persona con discapacidad.

Elementos clave

  • Prueba de relación o vínculo funcional
  • Justificación razonable del acompañamiento
  • Solicitud individual de visa

Resultado consular típico

Visa B2 aprobada para acompañante.

Lección práctica

El acompañamiento razonable es parte de la accesibilidad, no un favor consular.

 

ESCENARIO 8: CASO NEGATIVO

Mala práctica migratoria

Error cometido

  • Documentación inconsistente
  • Ocultamiento de premios deportivos
  • Uso indebido de visa B2 para actividad profesional

Resultado
Negación bajo INA §214(b).

Lección práctica

La falta de coherencia destruye la credibilidad, incluso cuando el propósito es legítimo.

 

QUÉ HACER Y QUÉ NO HACER

Resumen práctico esencial

HACER

  • Explicar el caso con claridad
  • Respaldar cada afirmación con documentos
  • Mantener coherencia absoluta

NO HACER

  • Improvisar
  • Falsear u omitir información relevante
  • Cambiar el propósito del viaje

“La verdad siempre viaja mejor.”

— Práctica consular estadounidense

 

Eladio Agramonte, presidente del COPADOM y de ADERESIRD, es uno de los líderes más comprometidos con la inclusión deportiva en la República Dominicana. Su labor ha sido determinante para que los atletas con discapacidad presenten expedientes migratorios sólidos, coherentes y bien estructurados ante embajadas y consulados, especialmente en los Estados Unidos.

Bajo su liderazgo, se ha trabajado de manera estratégica en la correcta gestión de visas, garantizando que los propósitos de viaje, las invitaciones deportivas y la documentación institucional cumplan con los estándares exigidos por las autoridades consulares. Gracias a este enfoque profesional y responsable, numerosos atletas han logrado obtener sus visas por la vía del movimiento paralímpico, a través del COPADOM y ADERESIRD, fortaleciendo así la imagen del deporte adaptado dominicano a nivel internacional.

Este esfuerzo sostenido ha contribuido no solo a la movilidad internacional de los atletas, sino también al reconocimiento de la seriedad, transparencia y credibilidad de las organizaciones paralímpicas dominicanas ante las misiones diplomáticas.

Bernardo Montero, presidente de FUNDOVEDISC; Cristina Francisco, presidenta de ADVITAM–CIMUDIS; así como las organizaciones ASODIFIMO y otras entidades vinculadas al sector inclusivo, han demostrado una preocupación constante y responsable para que los procesos de visas de las personas con discapacidad bajo su representación se manejen con altura, seriedad y rigor institucional.

Su enfoque ha estado centrado en la correcta orientación de los solicitantes, la preparación adecuada de la documentación y la transparencia ante embajadas y consulados, evitando improvisaciones y prácticas que puedan afectar la credibilidad del movimiento inclusivo dominicano. Gracias a esta gestión prudente y ética, numerosas personas con discapacidad han podido acceder a oportunidades internacionales en ámbitos deportivos, culturales, educativos y de intercambio, con expedientes bien sustentados y coherentes.

Este compromiso fortalece la confianza de las misiones diplomáticas, protege la dignidad de los solicitantes y consolida una cultura de movilidad internacional responsable e inclusiva.

I. ORGANIZACIONES DE ALCANCE INTERNACIONAL Y ESTADOS UNIDOS

1. Comité Paralímpico Internacional (IPC)

Organismo rector mundial del movimiento paralímpico. Supervisa, regula y promueve los deportes paralímpicos a nivel global. Coordina federaciones internacionales, clasificaciones deportivas y grandes eventos multilaterales.

Funciones relevantes:

  • Organización de Juegos Paralímpicos
  • Acreditación de comités nacionales
  • Promoción de intercambios deportivos internacionales
  • Apoyo técnico y formativo a países en desarrollo

Relación con República Dominicana:

  • Coordinación indirecta a través del Comité Paralímpico Dominicano
  • Participación de atletas dominicanos en eventos clasificatorios y formativos

 

2. Comité Olímpico y Paralímpico de los Estados Unidos (USOPC)

Entidad oficial que rige el deporte olímpico y paralímpico en Estados Unidos.

Funciones:

  • Organización de eventos deportivos de alto rendimiento
  • Programas de desarrollo para atletas con discapacidad
  • Intercambios deportivos internacionales
  • Cooperación técnica con comités nacionales de otros países

Impacto regional:

  • Apoyo a eventos en Puerto Rico, Hawái y Alaska
  • Cooperación con federaciones del Caribe y América Latina

 

3. Special Olympics International

Una de las organizaciones más influyentes del mundo en materia de deporte inclusivo para personas con discapacidad intelectual.

Funciones:

  • Organización de competencias locales, nacionales e internacionales
  • Programas de Escuelas Unificadas
  • Intercambios deportivos amistosos
  • Programas de liderazgo y salud

Presencia:

  • Estados Unidos (los 50 estados)
  • Puerto Rico
  • Guam
  • Islas Vírgenes Americanas
  • Islas Marianas del Norte
  • Samoa Americana
  • República Dominicana

Relación con RD:

  • Programas de cooperación directa
  • Participación regular de atletas dominicanos en eventos regionales y globales

 

II. ORGANIZACIONES DE INCLUSIÓN Y APOYO COMUNITARIO EN EE. UU.

4. Easterseals

Organización sin fines de lucro dedicada a servicios integrales para personas con discapacidad.

Áreas de acción:

  • Terapias
  • Rehabilitación
  • Recreación inclusiva
  • Integración comunitaria
  • Apoyo a familias

Presencia:

  • Estados Unidos continental
  • Puerto Rico

 

5. National Disability Rights Network (NDRN)

Red nacional de protección y defensa de derechos de las personas con discapacidad en Estados Unidos.

Funciones:

  • Defensa legal
  • Supervisión de políticas públicas
  • Educación en derechos civiles
  • Apoyo a procesos de inclusión social y migratoria

 

6. Wounded Warrior Project – Adaptive Sports

Programa especializado en deportes adaptados para veteranos con discapacidad.

Funciones:

  • Entrenamiento deportivo adaptado
  • Competencias nacionales
  • Rehabilitación física y psicológica
  • Intercambios y eventos deportivos anuales

 

III. ORGANIZACIONES Y EVENTOS EN TERRITORIOS DE ESTADOS UNIDOS

A. Puerto Rico

Comité Paralímpico de Puerto Rico

Entidad rectora del deporte paralímpico en Puerto Rico.

Funciones:

  • Coordinación de federaciones deportivas adaptadas
  • Organización de eventos nacionales
  • Representación internacional

Special Olympics Puerto Rico

Programas permanentes de:

  • Atletismo
  • Natación
  • Baloncesto
  • Deportes unificados
  • Intercambios regionales e internacionales

 

B. Guam

Special Olympics Guam

Organización local afiliada a Special Olympics International.

Funciones:

  • Programas deportivos comunitarios
  • Eventos anuales
  • Inclusión educativa y social
  • Intercambios regionales del Pacífico

 

C. Islas Marianas del Norte

Programas comunitarios de deporte adaptado coordinados con:

  • Special Olympics
  • Escuelas públicas
  • Organizaciones comunitarias locales

 

D. Islas Vírgenes Americanas

Actividades apoyadas por:

  • Special Olympics U.S. Virgin Islands
  • Programas educativos inclusivos
  • Eventos deportivos comunitarios

 

E. Samoa Americana

Programas deportivos adaptados vinculados a:

  • Special Olympics
  • Escuelas y comunidades locales
  • Actividades recreativas y competitivas anuales

 

F. Hawái

Deporte adaptado y actividades acuáticas

Hawái es referencia mundial en:

  • Surf adaptado
  • Natación adaptada
  • Eventos deportivos inclusivos

Eventos:

  • Campeonatos de surf adaptado
  • Clínicas deportivas inclusivas
  • Encuentros internacionales

 

G. Alaska

Programas enfocados en:

  • Deportes adaptados de invierno
  • Actividades recreativas inclusivas
  • Integración comunitaria en zonas rurales

 

IV. EVENTOS IMPORTANTES DE LA DISCAPACIDAD EN ESTADOS UNIDOS Y TERRITORIOS

Eventos nacionales

  • Juegos Nacionales de Special Olympics USA
  • Campeonatos paralímpicos nacionales
  • Torneos anuales de deportes adaptados
  • Mes del Orgullo de la Discapacidad (julio)

Eventos regionales y territoriales

  • Torneos paralímpicos del Caribe
  • Encuentros deportivos del Pacífico
  • Clínicas de entrenamiento inclusivo
  • Programas de intercambio cultural y deportivo

 

V. APOYO A INSTITUCIONES DE LA REPÚBLICA DOMINICANA

Las siguientes entidades mantienen cooperación directa o indirecta con organizaciones dominicanas:

  • Olimpiadas Especiales República Dominicana
  • Comité Paralímpico Dominicano
  • Federaciones deportivas adaptadas
  • Programas de capacitación, clínicas y eventos binacionales

Estas cooperaciones facilitan:

  • Intercambios amistosos
  • Participación en eventos internacionales
  • Tramitación de visas deportivas (B1/B2 y P1)
  • Fortalecimiento institucional

 

NOTA FINAL

La red de organizaciones paralímpicas e inclusivas de Estados Unidos y sus territorios constituye una plataforma sólida, verificable y permanente para el desarrollo de intercambios deportivos, culturales y humanos con la República Dominicana. Estos vínculos explican el alto nivel de aceptación consular de solicitudes bien estructuradas para atletas y participantes con discapacidad.

 

 

CONCLUSIÓN GENERAL

Armar correctamente un paquete de visa para personas con discapacidad no es un acto improvisado, sino un proceso técnico, progresivo y estratégico. Cuando el expediente está bien estructurado, documentado y coherente, la discapacidad no es una barrera, sino una condición humana integrada de forma natural a un sistema migratorio que reconoce la dignidad, la inclusión y el mérito individual.

“La inclusión bien hecha abre fronteras.”


— Organización de las Naciones Unidas

 

 

CONCLUSIÓN GENERAL

Armar correctamente un paquete de visa para personas con discapacidad no es un acto improvisado, sino un proceso técnico, progresivo y estratégico. Cuando el expediente está bien estructurado, documentado y coherente, la discapacidad no es una barrera, sino una condición humana integrada de forma natural a un sistema migratorio que reconoce la dignidad, la inclusión y el mérito individual.

“La inclusión bien hecha abre fronteras.”
— Organización de las Naciones Unidas

 

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