viernes, 26 de septiembre de 2025

Boletín de Noticias y Novedades Migratorias de España Por Por José Ramón Ramírez Sánchez

 

“Boletín de Noticias y Novedades Migratorias de España”

*Por José Ramón Ramírez Sánchez* (Especialista en derecho migratorio y nacionalidad. Actualizado al 26 de septiembre de 2025)

¡Hola, comunidad migrante! Bienvenidos a este boletín semanal donde desglosamos las últimas novedades en materia de inmigración y residencia en España. Hoy, atendiendo a esa alerta que menciono, vamos a profundizar en un tema clave: la adquisición de la nacionalidad española por residencia. Como bien digo, no todas las tarjetas de residencia valen para contar el tiempo necesario. Si estás soñando con ese DNI español, es fundamental conocer qué autorizaciones computan y cuáles no. Te lo explico paso a paso, con base en la normativa vigente (Código Civil, art. 22, y actualizaciones de 2024-2025).


¿Por qué no todas las residencias cuentan?

La nacionalidad por residencia exige residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud. El tiempo se calcula en años completos, pero solo se acumula si la autorización es de larga duración (generalmente de al menos 1 año) y permite una estancia estable. Las residencias temporales o de corta duración no suman, porque no demuestran "arraigo" en España. Esto evita que se use el sistema para "acumular tiempo" sin integración real.

Requisitos generales para solicitarla:

  • Plazo base: 10 años de residencia legal.
  • Reducciones (según tu perfil):
    • 2 años: Para nacionales de Iberoamérica, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o de origen sefardí.
    • 1 año: Para cónyuges de españoles (no separados), viudos/as de españoles, o nacidos en España de padres extranjeros.
    • 5 años: Para refugiados o apátridas.
  • Además: Buena conducta cívica, integración social (examen DELE A2 y CCSE), y pago de tasas (alrededor de 104 € en 2025).
  • Dónde solicitar: Online vía sede.mjusticia.gob.es o en oficinas de extranjería.



Tarjetas que SÍ sirven para contar tiempo hacia la nacionalidad

Estas autorizaciones demuestran estabilidad y arraigo. Se computa el tiempo desde la fecha de concesión hasta la solicitud:

Tipo de Tarjeta/Autorización

Descripción

Ejemplos

Tiempo que cuenta

Residencia y Trabajo por Cuenta Ajena

Para empleados asalariados.

Tarjeta azul UE, renovaciones anuales.

Todo el período legal.

Residencia y Trabajo por Cuenta Propia

Para autónomos o emprendedores.

Autorización de empresario/a.

Todo el período legal.

Arraigo Social/Laboral/Familiar

Basadas en vínculos familiares o integración.

Arraigo por hijos españoles, familiar de comunitario.

Todo el período legal (incluso si es inicial de 1 año).

Familiar de Ciudadano UE

Para parejas o familiares de europeos.

Tarjeta de familiar de comunitario.

Todo el período (incluso prórrogas).

Larga Duración (Permanente)

Residencia indefinida.

Tarjeta de 5 años renovable.

Todo el período (acelera el proceso).

Asilo/Refugiado

Protección internacional.

Tarjeta roja de refugiado.

Desde la concesión (cuenta como legal).

Nota: Las renovaciones interrumpidas por menos de 6 meses no rompen la continuidad.

Tarjetas que NO sirven (o cuentan parcialmente)

Estas no generan "residencia legal continuada" para el art. 22 del Código Civil. Si las tienes, empieza de cero con una que sí valga:

Tipo de Tarjeta/Autorización

Descripción

Por qué NO cuenta

Alternativa

Estudiante

Para estudios (universidad, idiomas).

Es temporal y no permite trabajo pleno; no muestra arraigo laboral/familiar.

Cambia a residencia y trabajo al finalizar estudios.

Turista (Schengen)

Estancia corta (90 días).

No es residencia legal; es visado de tránsito.

Solicita arraigo si superas 3 años irregulares.

Trabajo de Investigación Científica

Para investigadores (hasta 2 años).

Temporal y específica; no siempre se considera "estable".

Puede contar si se renueva a larga duración.

Reactivación (tras inactividad)

Para quien dejó de renovar.

No computa el tiempo previo de ausencia.

Solo el nuevo período cuenta.

Residencia Temporal de Excepción

Casos puntuales (ej. arraigo flexible 2024).

Limitada en tiempo; no siempre continuada.

Verifica si califica como "legal" en tu caso.

Importante: Las ausencias superiores a 6 meses al año (o 10 meses en total) rompen la continuidad, incluso con tarjeta válida. En 2025, la Ley de Memoria Democrática (vigente hasta octubre) permite opciones especiales para descendientes de exiliados, sin necesidad de residencia.

Novedades Migratorias de la Semana (Septiembre 2025)

  • Reforma del Reglamento de Extranjería: Aprobada en julio 2025, facilita la reagrupación familiar para estudiantes convertidos en trabajadores. Plazo de arraigo flexible ampliado a 2 años en regiones con alta demanda laboral (Cataluña, Madrid).
  • Digitalización total: Desde agosto, todas las solicitudes de nacionalidad se hacen 100% online.
  • Estadísticas clave: En 2024, se concedieron +200.000 nacionalidades por residencia (aumento del 15% vs. 2023), principalmente a latinoamericanos. Para 2025, se espera +10% por la prórroga de Memoria Democrática.
  • Alerta: Evita fraudes. Solo el Ministerio de Justicia concede nacionalidad; no pagues a "gestores" no autorizados.

Si tu caso es específico (ej. estudiante queriendo cambiar a trabajo), contáctame en :laesquinamigratoria@gmail.com/809.505.9986 o consulta la web oficial del Ministerio de Justicia. ¡Recuerda: la clave es la legalidad y la paciencia! Si lees esto pensando en tu DNI, ¡estás en el camino correcto.

¿Dudas? Comenta abajo o envía DM. ¡Hasta el próximo boletín!

 José Ramón Ramírez Sánchez

Grupo Educajuris - Capacitación Jurídica para Migrantes

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